Santo Domingo, RD.- El salario exento del pago del impuesto sobre la renta (ISR) a personas físicas tiene siete años estacionado en RD$34,685. El Artículo 327 del Código Tributario dominicano establece que la escala salarial establecida debe ser ajustada por la inflación acumulada correspondiente al año inmediatamente anterior, según cifras publicadas por el Banco Central. Sin embargo, desde enero de 2017, los tramos de la escala impositiva no han sido ajustados por inflación.
¿Por qué se tomó la decisión de “frizarlo” a pesar de que por ley debería ser ajustado anualmente por la inflación? La única razón, como es lógico, está en la necesidad del Estado de no perder ingresos tributarios, pues aumentar el monto exento del ISR tiene un efecto directo en las recaudaciones fiscales.
El Centro de Regional de Estrategias Económicas Sostenibles (CREES) se ha pronunciado al respecto en diversas ocasiones, mientras que el exdirector de Impuestos Internos, Magín Díaz, se inscribe entre quienes consideran que el monto exento del pago del ISR debe permanecer tal cual está hasta tanto se reforme el sistema tributario.
“La única vía para incrementar los niveles salariales permanentemente es aumentando la productividad de los trabajadores. Un trabajador más productivo puede exigir un mayor nivel de salario y las empresas estarían dispuestas a ofrecer una mayor remuneración por sus servicios laborales porque agregaría mayor valor en los procesos productivos”, destaca el CREES.
¿Qué hubiera sucedido con el salario exento del pago del ISR si hubiese aplicado la indexación que establece el Artículo 327 del Código Tributario? Es oportuno aclarar que cada año se incluye en la Ley de Presupuesto un artículo que instituye la no aplicación de este mandato legal, por aquello del principio que una ley es lo único que puede sustituir una ley.
Partiendo del monto anual exento en 2017, cuando se decidió dejar sin efecto la indexación, el cual era de RD$416,220, los cálculos indican que si se aplica la inflación anual del período inmediatamente anterior, como dice la ley, el salario libre del ISR debió ubicarse para este 2023 en RD$51,323.59, es decir, un 47.97% por encima del nivel de hace siete años.
De RD$416,220 anual que era en 2017, cuando se tomó la medida, ahora los cálculos ubican que los ingresos anuales deberían estar libre de impuestos hasta RD$615,883.08.
La brecha de ingresos que deberían entrar a la exención se ha ido ampliando con los años, al pasar de RD$3,347.84 en 2017 a RD$16,638.59 para este año, lo que equivale a un aumento relativo de un 397%.
En diciembre de 2022 la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) recaudó un total de RD$7,625.6 millones por concepto de los impuestos sobre los ingresos de las personas físicas, RD$1,358.9 millones más que lo recaudado en igual mes del año anterior, para un crecimiento de 21.7%.
Este crecimiento es impulsado por el impuesto sobre los salarios, el cual presentó un incremento de RD$844.7 millones al compararlo con el mismo período del año anterior. Con respecto al monto estimado, el impuesto sobre los ingresos de las personas físicas logró un cumplimiento de 114.7%, equivalente a RD$975.3 millones más que lo estimado.
En diciembre 2021, este impuesto fue impulsado por la Ley 46-20 en RD$23.9 millones. Al excluir este monto, el Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas crece 22.1%, RD$1,382.4 millones más que diciembre 2021.
En 2022
En cuanto a la recaudación acumulada por este concepto, en el período enero-diciembre de 2022 se recaudaron RD$86,998.2 millones; RD$17,976.9 millones más que lo recaudado durante el mismo período en 2021, para un crecimiento de 26.0%.
Pero con respecto al monto estimado, este período presenta un cumplimiento de 105.0%, RD$4,111.7 millones por debajo de lo presupuestado.
Para el economista Alejandro Grisanti, la indexación salarial es mucho más amplia e inflacionaria que cambios en el salario mínimo, pues considera que cuando se rezaga mucho y se hacen cambios bruscos, es lo que se debe evitar. “Lo positivo en este caso es que el incremento salarial fue conservado con el sector privado”, considera.
De acuerdo con la legislación vigente, las personas físicas que devengan ingresos anuales que superan los RD$416,220.01 son gravadas con tasas diferenciadas de 15%, 20% o 25%, según la escala aplicada.
En estos momentos, el 78.2% de los salarios está exento de impuestos, de acuerdo con estimaciones de la DGII. Aún así, es una de las principales fuentes de ingresos de la entidad.
Ingresos reportados por Impuestos Internos
La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) informó que en diciembre de 2022 ingresaron RD$9,719.9 millones por concepto de impuesto sobre la renta de las empresas y otras corporaciones, equivalente a RD$2,548.2 millones más que en diciembre de 2021 y representando un crecimiento interanual de 35.5%. Al comparar con el monto estimado, la recaudación por este tributo alcanzó un cumplimiento de 102.1%, es decir, RD$199.3 millones más.
Al evaluar el concepto impuesto sobre la renta de las empresas, según DGII, se percibe un crecimiento de 35.8% respecto a diciembre 2021, RD$2,500.9 millones más. Los pagos de anticipos de impuesto sobre la renta crecen 44.9%, mientras que los pagos normales decrecen 32.4% respecto a diciembre 2021.
Destaca que en diciembre 2021 este tributo fue impulsado por la Ley 46-20 en RD$530.9 millones, mientras que para diciembre 2022 esa legislación no se encontraba vigente.
Igualmente, según reporta Impuestos Internos, al excluir este pago, el impuesto sobre la renta a empresas crece 46.9%, RD$3,073.6 millones más.